No se por donde empezar ya que el tema es delicado, quien pasa primero? el que le tira el auto al otro encima mas rápido?, el vehículo de mayor porte? el de menor porte?. NO!
El articulo Nro. 41 de la ley nacional de transito (Nro. 24.449) es bien claro y lo vamos a repasar y recomendar su lectura a cuanto conductor amigo tengamos ya que el mismo no es de lectura obligatoria a la hora de obtener nuestra licencia de conducir.
Cabe aclarar que siempre la prioridad de paso en las encrucijadas la tiene el vehiculo que cruza desde nuestra derecha, esta prioridad es absoluta y solo se pierde ante:
a) La señalización específica en contrario;
b) Los vehículos ferroviarios;
c) Los vehículos del servicio público de urgencia, en cumplimiento de su misión;
d) Los vehículos que circulan por una semiautopista. Antes de ingresar o cruzarla se debe siempre detener la marcha;
e) Los peatones que cruzan lícitamente la calzada por la senda peatonal o en zona peligrosa señalizada como tal; debiendo el conductor detener el vehículo si pone en peligro al peatón;
f) Las reglas especiales para rotondas;
g) Cualquier circunstancia cuando:
1. Se desemboque desde una vía de tierra a una pavimentada;
2. Se circule al costado de vías férreas, respecto del que sale del paso a nivel;
3. Se haya detenido la marcha o se vaya a girar para ingresar a otra vía;
4. Se conduzcan animales o vehículos de tracción a sangre.
Si se dan juntas varias excepciones, la prioridad es según el orden de este artículo. Para cualquier otra maniobra, goza de prioridad quien conserva su derecha. En las cuestas estrechas debe retroceder el que desciende, salvo que éste lleve acoplado y el que asciende no.
Facundo M